“Por su regeneración en Cristo, se da entre todos los fieles una verdadera igualdad en cuanto a la dignidad y acción, en virtud de la cual todos, según su propia condición y oficio, cooperan a la edificación del Cuerpo de Cristo” (canon 208)
En esta ocasión echaremos un vistazo al c. 208 que explica muy bien el c. 204 al que hemos dedicado nuestra atención últimamente. Estos cánones están sacados, casi literalmente de dos textos conciliares: Lumen Gentium 32 y Gaudium et Spes 49, 61. El cano quiere ser la traducción a lenguaje jurídico de la idea que tiene la Iglesia sobre sí misma. Pero vayamos a los textos del Vaticano II y admiremos su riqueza en tema tan importante, la igualdad de los files en la Iglesia:
“Por designio divino, la santa Iglesia está organizada y se gobierna sobre la base de una admirable variedad” (LG. 32). Ya tenemos dos elementos a destacar; la variedad de condiciones y vocaciones en la Iglesia ha sido querida por Dios, y que el gobierno también es de institución divina. Esto quiere decir que en estas cuestiones la Iglesia no tiene potestad de cambiar nada. Las voces que surgen siempre sobre la necesidad de democratizar el gobierno, con la idea errónea de hacerlo más participativo, no tienen claro que la constitución jerárquica de la Iglesia le viene dada por Dios y no como un simple resultado de la organización humana.
Cuando San Pablo comparó a la Iglesia con el cuerpo introdujo un concepto nuevo de entender el poder, este como servicio. La diversidad de miembros unidos por una compleja red de relaciones de necesidad, hace que el cuerpo viva y desarrolle todas sus capacidades. Cuando el cerebro gobierna las funciones de cada parte del cuerpo, no lo hace con interés propio, ni despóticamente, sino que gobierna en pos del bien común. Genial fue la idea paulina de pensar la Iglesia de esta manera.
“Es común la dignidad de los miembros, que deriva de su regeneración en Cristo” (LG,32c). Dos temas a destacar de esta frase conciliar: la dignidad de todos los fieles y la regeneración en Cristo. Hay en la Iglesia una verdadera igual de todos sus miembros en virtud de su dignidad, pero estoy muy seguro que hablamos mucho de ella pero poco sabemos en qué consiste. La dignidad a la que se refiere el texto hace referencia a la adopción filial recibida en el bautismo. En virtud del sacramento Dios nos hace hijos suyos. Parecen palabras ya conocidas, pero nunca tomadas en serio. La dignidad humana no es un elemento externo a él, sino que le viene dado desde el miso momento de la creación, porque Dios ha querido crearnos “a su imagen y semejanza” (Gn 1,26). Además hechos sido hechos partícipes de la muerte y resurrección de Cristo y por tanto miembros de su cuerpo. Pero nuestra dignidad radica fundamentalmente en que “La razón más alta de la dignidad humana consiste en la vocación del hombre a la unión con Dios” (GS. 18). Bellamente lo explicaba Santa Catalina de Siena: “¿Qué cosa o quién, fuel el motivo de que establecieras al hombre en semejante dignidad? Ciertamente, nada que no fuera el amor inextinguible con el que contemplaste a tu criatura en ti mismo y te dejaste cautivar de amor por ella. Por amor lo creaste, por amor le diste un ser capaz de gustar de tu Bien eterno” (Diálogo 4,13).
El Concilio ha elencado los términos de dicha igualdad: “… común la gracia de la filiación, común la llamada a la perfección: una sola salvación, única la esperanza e indivisa la caridad” (LG. 32c), creo que con estas palabras tenemos suficiente información al respecto.
Vamos a detenernos por ahora en este punto, nos quedan en el tintero varios asuntos de este canon: La igualdad de la acción de los fieles en la Iglesia, la propia condición y oficio y la cooperación en la edificación del Cuerpo de Cristo. Temas estos que trataremos en la próxima oportunidad.
En esta ocasión echaremos un vistazo al c. 208 que explica muy bien el c. 204 al que hemos dedicado nuestra atención últimamente. Estos cánones están sacados, casi literalmente de dos textos conciliares: Lumen Gentium 32 y Gaudium et Spes 49, 61. El cano quiere ser la traducción a lenguaje jurídico de la idea que tiene la Iglesia sobre sí misma. Pero vayamos a los textos del Vaticano II y admiremos su riqueza en tema tan importante, la igualdad de los files en la Iglesia:
“Por designio divino, la santa Iglesia está organizada y se gobierna sobre la base de una admirable variedad” (LG. 32). Ya tenemos dos elementos a destacar; la variedad de condiciones y vocaciones en la Iglesia ha sido querida por Dios, y que el gobierno también es de institución divina. Esto quiere decir que en estas cuestiones la Iglesia no tiene potestad de cambiar nada. Las voces que surgen siempre sobre la necesidad de democratizar el gobierno, con la idea errónea de hacerlo más participativo, no tienen claro que la constitución jerárquica de la Iglesia le viene dada por Dios y no como un simple resultado de la organización humana.
Cuando San Pablo comparó a la Iglesia con el cuerpo introdujo un concepto nuevo de entender el poder, este como servicio. La diversidad de miembros unidos por una compleja red de relaciones de necesidad, hace que el cuerpo viva y desarrolle todas sus capacidades. Cuando el cerebro gobierna las funciones de cada parte del cuerpo, no lo hace con interés propio, ni despóticamente, sino que gobierna en pos del bien común. Genial fue la idea paulina de pensar la Iglesia de esta manera.
“Es común la dignidad de los miembros, que deriva de su regeneración en Cristo” (LG,32c). Dos temas a destacar de esta frase conciliar: la dignidad de todos los fieles y la regeneración en Cristo. Hay en la Iglesia una verdadera igual de todos sus miembros en virtud de su dignidad, pero estoy muy seguro que hablamos mucho de ella pero poco sabemos en qué consiste. La dignidad a la que se refiere el texto hace referencia a la adopción filial recibida en el bautismo. En virtud del sacramento Dios nos hace hijos suyos. Parecen palabras ya conocidas, pero nunca tomadas en serio. La dignidad humana no es un elemento externo a él, sino que le viene dado desde el miso momento de la creación, porque Dios ha querido crearnos “a su imagen y semejanza” (Gn 1,26). Además hechos sido hechos partícipes de la muerte y resurrección de Cristo y por tanto miembros de su cuerpo. Pero nuestra dignidad radica fundamentalmente en que “La razón más alta de la dignidad humana consiste en la vocación del hombre a la unión con Dios” (GS. 18). Bellamente lo explicaba Santa Catalina de Siena: “¿Qué cosa o quién, fuel el motivo de que establecieras al hombre en semejante dignidad? Ciertamente, nada que no fuera el amor inextinguible con el que contemplaste a tu criatura en ti mismo y te dejaste cautivar de amor por ella. Por amor lo creaste, por amor le diste un ser capaz de gustar de tu Bien eterno” (Diálogo 4,13).
El Concilio ha elencado los términos de dicha igualdad: “… común la gracia de la filiación, común la llamada a la perfección: una sola salvación, única la esperanza e indivisa la caridad” (LG. 32c), creo que con estas palabras tenemos suficiente información al respecto.
Vamos a detenernos por ahora en este punto, nos quedan en el tintero varios asuntos de este canon: La igualdad de la acción de los fieles en la Iglesia, la propia condición y oficio y la cooperación en la edificación del Cuerpo de Cristo. Temas estos que trataremos en la próxima oportunidad.
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